Por: Sandra Dueñes Monárrez.

Chihuahua, Chih., a 11 de septiembre de 2026.- Por unanimidad, el Congreso del Estado aprobó reformar el Código Penal para incorporar el delito de acecho, estableciendo sanciones de uno a tres años de prisión y de sesenta a trescientos días de multa a fin de sancionar conductas sistemáticas de vigilancia, persecución o contacto no consentido que vulneren la tranquilidad y seguridad de las personas.

El dictamen, impulsado por la Comisión de Feminicidios y presentado por su presidente, la diputada Jael Argüelles Díaz, surge tras el análisis de cuatro iniciativas de distintas fuerzas políticas y mesas técnicas interinstitucionales realizadas en coordinación con la Fiscalía General del Estado y el Poder Judicial. La nueva figura penal —radicada en el artículo 206 Quinquies— busca dotar a las autoridades de un tipo autónomo que evite clasificar estas conductas bajo figuras jurídicas consideradas insuficientes, como las amenazas o el acoso general.

De acuerdo con el decreto aprobado, el delito se configura cuando una persona, sin el consentimiento de la víctima y de manera reiterada, continua o sistemática —ya sea de forma presencial o mediante tecnologías de la información—, vigile, persiga o busque contacto con la intención de controlar, intimidar o coaccionar, generando alteraciones graves en su vida cotidiana o en su seguridad personal.

Las penas previstas podrán incrementarse hasta en una tercera parte cuando concurran los siguientes supuestos de agravación:

  • La víctima sea una niña, niño o adolescente.
  • Exista o haya existido un vínculo matrimonial, de parentesco, tutela, concubinato o relación afectiva o sentimental.
  • Exista o haya existido una relación laboral, docente, de confianza o cualquier otra que evidencie desigualdad o abuso de poder.
  • El agresor desobedezca una orden de protección previa emitida a favor de la víctima.

Si bien la tipificación del acecho representa un avance legislativo para atender una problemática que antecede a formas graves de violencia extrema como las lesiones severas o el feminicidio, especialistas y operadores del sistema de justicia señalan que el reto principal radicará en la correcta integración de las carpetas de investigación por parte de la Fiscalía.

La falta de capacitación policial y de protocolos homologados para documentar de manera efectiva el hostigamiento digital y físico ha limitado históricamente la aplicación de normativas similares en otras entidades federativas. Con esta reforma, el Poder Legislativo traslada la responsabilidad operativa a las instancias de procuración e impartición de justicia para garantizar que el tipo penal cumpla con su función protectora sin convertirse en letra muerta.