Por: La Redacción.

Chihuahua, Chih., a 3 de marzo del 2026.- Con el objetivo de preservar las tradiciones mexicanas y armonizar la ley con las prácticas sociales, el Congreso del Estado aprobó reformar el Código Administrativo para incorporar formalmente el 2 de noviembre (Día de Muertos) como día inhábil y de descanso obligatorio en la entidad.

La iniciativa, promovida originalmente por la diputada América Aguilar Gil, fue presentada ante el Pleno por el diputado Óscar Daniel Avitia Arellanes, quien destacó que esta fecha es reconocida como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.

«El Día de Muertos fortalece nuestra identidad colectiva y cohesión social. Su reconocimiento normativo no solo responde a una práctica arraigada, sino que se alinea con los derechos culturales de los chihuahuenses», señaló el legislador durante la lectura del dictamen.

¿Cómo queda el calendario oficial?

Con la reforma al Artículo 93 del Código Administrativo, la lista de días de descanso obligatorio para los trabajadores del Estado se actualiza de la siguiente manera:

  • 2 de noviembre: (Día de Muertos).

  • Tercer lunes de noviembre: (En conmemoración del 20 de noviembre).

  • 1 de octubre: (Cada seis años, por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal).

  • 25 de diciembre: (Navidad).

Esta modificación garantiza que los servidores públicos puedan participar plenamente en una de las expresiones culturales más significativas del pueblo mexicano, asegurando la transmisión de valores y el respeto a la memoria de los antepasados sin afectar su situación laboral.