Por: La Redacción.

Ciudad de México., a 14 de enero del 2026.- La decisión unánime del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado el Acuerdo 156/2024, emitido por la gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván. Este acuerdo, promulgado en noviembre de 2024, buscaba endurecer los controles e inspecciones ganaderas en el estado. Sin embargo, el fallo de la SCJN determinó que dicha medida invadía la competencia exclusiva del gobierno federal en materia de salubridad general y control sanitario.

La norma local fue objeto de impugnación a través de la controversia constitucional 374/2024. Esta acción legal fue promovida por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, siendo una de las primeras medidas del gobierno de Claudia Sheinbaum Pardo en diciembre del mismo año. El asunto fue resuelto por medio del proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzos.

“El Acuerdo 156/2024 impugnado no se limitó a ejercer funciones de vigilancia ni a coordinarse con la Federación, ni a organizar u operar servicios en materia de prevención y control de enfermedades transmisibles», señaló el ponente. En cambio, establecía un sistema integral para regular la movilización de ganado y productos pecuarios dentro del estado, imponiendo revisiones obligatorias, documentación específica, autorizaciones estatales previas, y puntos de verificación determinados por la Secretaría de Desarrollo Rural, además de diversas medidas de aseguramiento y sanción.

El ministro Giovanni Figueroa Mejía subrayó que el control sanitario y zoosanitario, incluida la sanidad animal y la movilización de ganado, es competencia de la Federación. “Como lo ha reconocido de manera constante esta Suprema Corte, las entidades federativas únicamente pueden colaborar mediante funciones de vigilancia y verificación y solo en los términos del sistema federal”, agregó.

Por su parte, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz explicó que durante el análisis de la controversia, su ponencia buscó determinar si existía algún convenio de coordinación entre la Federación y el estado de Chihuahua que justificara el Acuerdo emitido por Maru Campos. Aunque sí existe un Convenio de Coordinación para acciones de verificación e inspección vinculadas al control de la movilización agropecuaria, acuícola y pesquera, no se encontró que este facultara a la entidad para realizar las actividades derivadas del acuerdo.

Esta decisión reafirma la delimitación de competencias entre el gobierno federal y las entidades federativas, garantizando que las acciones en materia de salubridad y control sanitario se mantengan dentro del ámbito federal.