
El domingo 5 de marzo, más de una veintena de mujeres dirigentes y representantes de distintas organizaciones indígenas y afrodescendientes, además de otros movimientos, acudieron a las oficinas del Gobierno de la Ciudad de México, para hacer entrega formal del quinto oficio con carácter de urgente dirigido a la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, para que se instale la escultura La Joven de Amajac en la, así llamada, antigua Glorieta de Colón.
El documento fue firmado, en presencia de servidores públicos que lo recibieron en el Antiguo Ayuntamiento, con la finalidad de demostrar que las firmantes «existimos, que somos personas reales», dijo una de las asistentes a la entrega. Aunque el documento fue aceptado y recibido, con la promesa de que , «a la brevedad» tendrían respuesta, no se señaló fecha para que ello ocurra y tampoco se identificó a quien sería la persona responsable de darle seguimiento.
Luego de la entrega, las asistentes realizaron un mitin en el Centro Histórico de la Ciudad de México. En élinsistieron en que la instalación de La Joven de Amajac es su derecho, además de ser un tema de resolución inmediata, para atender de manera parcial la deuda histórica resultado del genocidio indígena que ha vivido México desde 1492. Las asistentes recordaron que el Estado debe velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destino al uso común, que debe prevalecer sobre el interés particular, y cuyo uso pertenece a todos los habitantes de un territorio. Para hacer realidad esos principios, el Estado debe tomar medidas que erradiquen e impidan la discriminación contra las comunidades indígenas y en especial hacia las niñas y mujeres.
Hicieron un llamado a que se reconozcan “las desventajas que enfrentan las comunidades indígenas y las etnias afrodescendientes, que no son exclusivas de estos grupos, pero que se agravan por el racismo, limitan el acceso de oportunidades y al pleno ejercicio de los derechos fundamentales”.
También exigieron que se cumplan las distintas leyes y reglamentos que reconocen los derechos de las comunidades indígenas, entre los que refirieron a la Constitución de Política del país, la de la Ciudad de México, además de las leyes del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, de la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios de la Ciudad de México, además del Convenio 169 de la OIT y de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.