
Por: Sandra Dueñes Monárrez.
Chihuahua, Chih., a 6 de noviembre del 2026.- Para una agente de la Subsecretaria de Movilidad de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal (SSPE), la amenaza no estuvo en la calle, sino dentro de los mandos superiores de la institución, así lo dio a conocer la abogada Martha Medina Ramírez quien denunció abusos de autoridad, acoso y agresión sexual cometidos presuntamente por Víctor Hugo Aldaz Palacios, inspector en jefe de la Subsecretaría de Movilidad de la SSPE.
La gravedad del caso no solo radica en la agresión directa a la elemento de Vialidad, sino en la red institucional que perpetuó la violencia pues de acuerdo a información vertida por la abogada y sustentada por información oficial, Aldaz Palacios integra la Comisión de Honor y Justicia de la corporación, el mismo órgano interno diseñado teóricamente para sancionar las faltas disciplinarias y velar por la conducta ética policial.
La historia de impunidad documentada comenzó en 2023, cuando la oficial sufrió acoso y abuso sexual por parte del inspector Aldaz Palacios. Ante la resistencia o denuncia, el abuso físico e institucional se tradujo en una estrategia de retaliación sistemática mediante mobbing o acoso laboral.
De acuerdo con la representación legal, el agresor instrumentalizó su jerarquía para comisionar a otra oficial de rango superior con el propósito expreso de hostigar a la víctima, deteriorar su salud mental, vulnerar su estabilidad económica familiar y desgastarla hasta forzar su renuncia de la corporación vial.
El entramado de encubrimiento escaló hacia las estructuras directivas de la dependencia. La denuncia señala directamente al subsecretario de Movilidad de la SSPE, César Komaba Quezada, a quien acusan no solo de haber omitido las alertas presentadas por la víctima, sino de haber cobijado activamente a los agresores. Komaba Quezada —quien acumula antecedentes por conductas misóginas documentadas— habría promovido que la agresora enviada por Aldaz Palacios denunciara contradictoriamente a las víctimas por supuesta discriminación por orientación sexual, invirtiendo los papeles para convertir a la denunciante en victimaria mediante carpetas no comprobadas.
| Dimensión de la Denuncia | Hallazgo / Hecho Reclamado | Marco Legal Vulnerado |
| Agresor Principal | Víctor Hugo Aldaz Palacios (Inspector en Jefe). | Art. 233 Bis del Código Penal del Estado de Chihuahua. |
| Omisión e Inversión de Culpa | César Komaba Quezada (Subsecretario de Movilidad). | Arts. 14, 16 y 21 de la Constitución Política. |
| Conflicto de Interés | El denunciado es juez y parte al integrar la Comisión de Honor y Justicia. | Ley General de Responsabilidades Administrativas. |
El elemento más alarmante en términos del Estado de derecho es el evidente conflicto de interés que blinda a los altos mandos en la SSPE. La Comisión de Honor y Justicia es el órgano colegiado que evalúa la permanencia, régimen disciplinario y condecoraciones del personal policial. Al estar integratada por uno de los presuntos señalados por abuso de poder y violencia sexual, la institución se vuelve a la vez juez y parte.
Las conductas expuestas transgreden de manera directa el Artículo 233 Bis del Código Penal del Estado de Chihuahua, además de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y preceptos constitucionales orientados al derecho humano de toda mujer a una vida libre de violencia.
Detrás de los artículos legales y las jerarquías institucionales, la violencia laboral e institucional dentro de las corporaciones de seguridad destruye la salud mental y la dignidad de las mujeres uniformadas. Las coacciones, el amedrentamiento económico y el aislamiento laboral buscan silenciar a quienes se atreven a denunciar.
Hacer pública la denuncia trasciende la búsqueda de justicia individual. La visibilización ante la opinión pública busca generar un escudo de protección efectiva para la agente denunciante frente a posibles retaliaciones o coacciones futuras, al tiempo que abre un canal de solidaridad para otros elementos —mujeres y hombres— que han enfrentado acoso en silencio dentro de las filas de la Subsecretaría de Movilidad.
El caso coloca a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal ante la urgencia insoslayable de transparentar sus protocolos internos de protección, retirar a los sospechosos de sus funciones disciplinarias y demostrar si la institución está para proteger a sus oficiales o para blindar la impunidad de sus mandos.






