Por: La Redacción.

San José, Costa Rica., a 10 de marzo del 2026.- En una decisión trascendental para la seguridad regional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó la Opinión Consultiva 30/2025, la cual establece que los Estados tienen la obligación ineludible de regular, fiscalizar y supervisar el mercado de armas para prevenir la violencia y proteger la vida de sus ciudadanos.

La consulta, solicitada originalmente por el Estado Mexicano, surge como una respuesta a la crisis de violencia que azota al país y la región, vinculada directamente al flujo descontrolado de armas de fuego.

La Corte subrayó que la «debida diligencia» estatal para prevenir violaciones a los derechos humanos implica:

  1. Regulación estricta: Adoptar disposiciones de derecho interno para el control de armas.
  2. Fiscalización empresarial: Asegurar que las empresas de armas cumplan con normativas de compliance y protección de derechos humanos.
  3. Justicia para las víctimas: Garantizar recursos judiciales efectivos para quienes han sufrido daños por el tráfico de armas.
  4. Cooperación Internacional: Trabajar de buena fe entre naciones para frenar el tráfico transnacional.

El fallo hace especial énfasis en que el tráfico de armas afecta de manera desproporcionada a poblaciones vulnerables, incluyendo mujeres, niños, niñas y adolescentes. La Corte instó a los Estados a negar exportaciones de armas cuando exista riesgo de que estas terminen facilitando graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario.

Con esta resolución, la Corte IDH deja claro que el combate al tráfico ilícito no es solo una cuestión de seguridad pública, sino un deber de protección a la integridad y la vida humana que los Estados no pueden ignorar.