Por: La Redacción.

Chihuahua, Chih., 8 de septiembre de 2026 — La Jueza Federal Décimo de Distrito en el Estado, Madhay Soto Morales anuló la orden de aprehensión contra el empresario Pedro López Elías y ordenó dejarla sin efectos, por lo que la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua pierde sustento para mantener una orden de captura emitida desde el fuero local contra el empresario.

La resolución, dictada por la Jueza Décimo de Distrito en el Estado, Madhay Soto Morales, se fundamenta en una falla de origen: la incompetencia de la autoridad judicial local para librar el mandamiento de captura debido a la naturaleza federal de los recursos investigados.

El expediente judicial  3050/2024 se remonta a los pagos por 98.6 millones de pesos otorgados al despacho López Elías Finanzas Públicas, S.C. por servicios de asesoría y refinanciamiento de la deuda estatal. Mientras la Auditoría Superior del Estado cuestionó la contratación y la Fiscalía Anticorrupción —encabezada por Abelardo Valenzuela Holguín— sostuvo la hipótesis de un presunto peculado y daño al erario con competencia estatal, la defensa argumentó que los trabajos se documentaron técnicamente y que el origen de los fondos correspondía a participaciones federales.

El debate jurisdiccional escaló hasta resolverse en enero de 2026, cuando el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito determinó en el conflicto competencial 20/2025 que los fondos conservaban naturaleza federal, atrayendo el criterio para el caso del exgobernador. Bajo esta misma lógica, la jueza federal concluyó que al tratarse de coimputados por los mismos hechos, el juez local carecía de atribuciones jurídicas para ordenar la captura del empresario.

El fallo emitido el pasado 18 de agosto y notificado el 28 del mismo mes instruye tres acciones precisas al Juez de Control del Distrito Judicial Morelos:

  • Invalidación: Dejar sin efectos la orden de aprehensión dictada originalmente el 18 de enero de 2025.
  • Revisión competencial: Emitir una nueva determinación donde se acate el criterio de incompetencia local sobre los recursos federales.
  • Limitación procesal: Abstenerse de resolver solicitudes de captura bajo el fuero común.

No obstante, la sentencia delimitó estrictamente su alcance: no constituye una exoneración definitiva ni un cierre de la investigación sobre los hechos imputados, quedando su ejecución supeditada a los plazos legales para la interposición de recursos de revisión. Con este fallo, la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua pierde sustento jurídico para sostener la captura en el fuero local, trasladando la responsabilidad de indagar posibles responsabilidades penales al ámbito de la justicia federal.

Con información de Zona Free.